La ley de divulgación no financiera y diversidad muestra un antes y un después en transparencia y en impacto de asuntos extrafinancieros

La ley de divulgación no financiera y diversidad muestra un antes y un después en transparencia y en impacto de asuntos extrafinancieros

Las grandes empresas tales como Aena, Bankia, Cuatrecasas, Grupo Coperativo Cajamar y Leroy Merlin celebran su primera reunión anual coordinado por Forética para analizar el impacto empresarial de la Ley de Información no financiera y diversidad desde la perspectiva de reguladores, juristas, verificadores y empresas.

La Ley 11/ 2018 en materia de divulgación de información no financiera y diversidad ha sido abordada a través de una mesa de debate que tuvo lugar el pasado 6 de febrero, bajo la coordinación de Forética, en la que se ha podido cruzar la perspectiva de verificadores, reguladores y empresas tales como Aena, Bankia, Cuatrecasas, Grupo Coperativo Cajamar y Leroy Merlin. Lo más debatido ha sido los requisitos fundamentales de la ley como la rendición de cuentas relativa a la brecha salarial, los aspectos formales y modelo de reporte, la responsabilidad e implicación del Consejo de Administración, la responsabilidad potencial aplicable por la falta de corrección o depósito del informe no financiero, los perjuicios a inversores que esto podría acarrear, o las diferencias entre auditor financiero y verificador.

Además, en el encuentro se han puesto sobre la mesa las principales tendencias de la actualidad en materia de transparencia, buen gobierno e integridad, destacando, el análisis del mapa de riesgos globales del World Economic Forum, que revela que el 80% de los riesgos con más impacto a nivel global tienen que ver con aspectos ambientales, sociales o de transparencia y buen gobierno. Por ello no es de extrañar que estemos ante una mayor regulación en materia extrafinanciera y mayores exigencias por parte de inversores, reguladores y sociedad en general de reporte de estos aspectos.

¿Pero cuáles son los puntos clave de esta legislación?

Forética y el Clúster Transparencia, Buen Gobierno e Integridad responden a 5 puntos: a quién obliga, qué se tiene que reportar, qué temas tienen que incluirse, cómo se formaliza y si existen exenciones.

– ¿A quién obliga?

A empresas y sociedades que formulen cuentas consolidadas en las que concurran: el número medio de empleados por las sociedades del grupo durante el ejercicio que sea superior a 500 empleados y a empresas que sean consideradas como de interés público de acuerdo a la ley de auditoría de cuentas, o bien que, durante dos ejercicios coincidan dos de las siguientes circunstancias, que su total de partidas del activo consolidado sea superior a 20 millones de euros; que su importe neto de la cifra anual de negocio consolidada sea superior a 40 millones de euros o que su número medio de empleados durante el ejercicio sea superior a 250.

– ¿Qué tengo que reportar? 

En el contenido del estado de información no financiera se debe incluir la siguiente información sobre la compañía: descripción del modelo de negocio; descripción y resultados de las políticas que aplican al grupo; riesgos relacionados con la actividad del grupo (productos, servicios, etc.), incluyendo el cómo se gestionan y por último los indicadores clave de los resultados no financieros de la empresa, estos indicadores han de ser comparables (estándares internacionales)

– ¿Qué temas tengo que incluir? 

Se deben incluir cuestiones medioambientales; cuestiones sociales y relativas al personal; derechos humanos;  corrupción y soborno; y sociedad.

– ¿Cómo se formaliza?

Tiene que estar firmado por todos los consejeros y tiene que estar en un punto específico del orden del día de la Junta General de Accionistas, además de ser verificado por un tercero independiente. Hay opciones de presentación, la primera sería el informe de gestión y la segunda el informe de RSC separado siempre que se vincule al informe de gestión y se presente con los mismos criterios de aprobación y depósito.

Se puede depositar a través del portal del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social dentro de los 3 primeros meses del cierre del año fiscal. Pasados los 6 meses del cierre del año fiscal, el estado de información no financiera debe ponerse a disposición pública durante 5 años.

– ¿Hay exenciones? 

Para una empresa o una sociedad perteneciente a un grupo que ya reporta el estado de información no financiera, incluyendo la información de dicha empresa o sociedad. También para una empresa afectada que deja de reunir los requisitos durante 2 años consecutivos y también para aspectos no aplicables a la empresa.

Fuente: https://diarioresponsable.com

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