Mitos y verdades de la Responsabilidad Social

La conceptualización de la Responsabilidad Social como la entendemos ahora, realmente es reciente; sin embargo, lo que ella entraña es tan antigua como la organización social del hombre.

Las guildas, wakoufs, erans, etairas, piruas y tequios, sin adentrarnos más en la historia, son muestra accesible del basamento de la responsabilidad social: la filantropía y el altruismo.

No obstante, la definición de responsabilidad social, aunque carece de uniformidad generalmente aceptada, si comprende elementos que no pueden soslayarse: grupos de interés, sustentabilidad y voluntaria. En este sentido, lo señalado en las disposiciones legales y estatutos sociales, éstos que comprenden lo establecido por cuerpos legales para que rijan la organización y funcionamiento de las organizaciones constituidas, son ordenamientos obligatorios para las organizaciones a las cuales corresponde su aplicación, obligaciones que su incumplimiento conlleva una sanción legal.

Otro aspecto, es que la responsabilidad social no solamente le compete a las empresas privadas, sino a cualquier tipo de organización informal o formal, como comunidades, poblaciones, sindicatos, dependencias y entidades gubernamentales, instituciones de enseñanza y organizaciones sociales sin fines de lucro, sobre los mismos principios del párrafo anterior.

Así, lo voluntario de la responsabilidad social nos conduce a una reflexión simple y reiterada, la responsabilidad social es voluntaria, es más allá de aquello que disponen ordenamientos legales y que su incumplimiento es sancionable por los propios ordenamientos jurídicos.

En ese sentido, las organizaciones de la naturaleza y del tipo que sean, creadas sobre cuerpos legales que les determinan realizar actividades y algunas de ellas en beneficio social, las convierten en entidades sociales, pero no en entidades socialmente responsables, ya que su funcionamiento cumple algún mandato o facultad otorgados por la legislación.

De esta manera, aun cuando pareciera lo mismo, debemos tener claridad en las bases legales, constitutivas y operativas de empresas sociales y empresas socialmente responsables. Las entidades gubernamentales y las organizaciones sociales sin fines de lucro que atienden rubros asistenciales, son sociales, pero de acuerdo con lo antes expuesto, ¿son socialmente responsables? En temas novedosos y seductores como el amor y la bondad, es precisa la nitidez de los conceptos, ya que ello puede confundirnos y por tanto, reconocer lo que no es. Algo es hacer por obligación y algo es hacer por decisión. Aun cuando ambos sean loables.

Autor: M.R.S. Roberto F. Adame Garduño [email protected]

Fuente: http://www.responsabilidadsocial.mx/

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