Debida Diligencia, nuevo marco de responsabilidad para las grandes empresas españolas

Debida Diligencia, nuevo marco de responsabilidad para las grandes empresas españolas

En 2014 se aprobó la primera legislación europea de reporting de sostenibilidad empresarial con la Directiva conocida como NFRD (Non-Financial Reporting Directive). Con su transposición al ordenamiento español (la Ley 11/2018), se introdujo por primera vez el concepto de información no financiera en nuestro país, estableciendo las primeras obligaciones de reporte a determinadas empresas.

Con el paso de los años, la obligatoriedad de presentar el informe de carácter no financiero ha ido adaptándose conforme las normativas europeas y españolas y evolucionando hasta la reciente aprobación de la Directiva europea CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive), que revisa y completa la anterior NFRD.

“Durante más de diez años, hemos sido testigos de numerosos cambios, ampliaciones y especificaciones dentro del marco legislativo. Sin embargo, es a partir de 2020, con la llegada de la Taxonomía Europea, cuando el ritmo de propuestas y aprobaciones legislativas se acelera exponencialmente para garantizar que las empresas informen sobre su impacto ambiental y social”, apunta Juan Pablo Gallardo, Chief Commercial Officer en Sygris, proveedor tecnológico español que lleva más de 15 años digitalizando los procesos de sostenibilidad empresarial.

La CSRD ya afecta a cerca de 50.000 empresas europeas (más de 4.000 en España), que deberán aplicar sus estándares en la generación del reporte de datos ESG (medioambientales, sociales y de gobernanza) a partir de enero del próximo año.

“Pero conviene también tener en cuenta la Directiva sobre Diligencia Debida de las Empresas en materia de Sostenibilidad (CSDDD) y su próxima transposición, que facultan para exigir responsabilidades a las empresas por los efectos adversos que causen en los derechos humanos, el medio ambiente y la gobernanza, o a los que contribuyan a lo largo de su cadena de valor”, continúa el representante de la compañía.

Aplicación paulatina

Aprobada recientemente, la Directiva sobre la Diligencia Debida de las Empresas en materia de Sostenibilidad o CSDDD se aplicará tanto a las actividades propias de una empresa, como de sus filiales y su cadena de suministro, ya sean relaciones comerciales directas o indirectas.

Y afectará gradualmente a las grandes empresas con más de 1000 empleados y una facturación superior a 450 millones de euros. Aunque en principio afectará a grandes empresas dentro de la UE, también se aplicará a las localizadas fuera de la Unión Europea que tengan actividad en territorio europeo e incluso a empresas financieras y Pymes si forman parte de la cadena de suministro de empresas afectadas por la directiva.

Las sanciones incluyen multas de hasta el 5% del volumen de negocios neto mundial y la reclamación de daños y perjuicios de los afectados. Cada país de la UE designará una autoridad supervisora para monitorizar el cumplimiento de las obligaciones.

Nuevas necesidades, nuevas herramientas: análisis y reporte

Cada empresa deberá determinar el impacto que sus actividades causan al entorno. Una vez identificados, tendrá que prevenir, mitigar y/o reducir esos efectos negativos (tanto los potenciales como los reales). Y deberá disponer de un procedimiento de reclamación y comunicar públicamente cómo está cumpliendo sus obligaciones de diligencia debida.

La gestión de este nuevo entorno demanda nuevas herramientas específicas que ayuden a eficientar la gestion de los datos asociados a los mismo asi como garantizar la veracidad de los mismo. La definición,monitorización y reporte de estas evaluaciones, requieren herramientas digitales específicas de gestión de datos no financieros como la suite de aplicaciones ESG de Sygris, que facilita el cumplimiento de las normativas, y convierten estándares y data points en información procesable sin apenas intervención manual.

Como concluye Gallardo, “la Diligencia Debida no es sólo una responsabilidad legal y ética, sino también una oportunidad para generar valor a largo plazo promoviendo la sostenibilidad y el bienestar de las comunidades y el medio ambiente en los que operan las empresas”.

Fuente: https://www.corresponsables.com/

Otras Fuentes

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